martes, 24 de mayo de 2016

ASPECTOS LEGALES CONCERNIENTES A APORTES DE SEGURIDAD SOCIAL, PAGOS A TERCEROS Y PRESTACIONES SOCIALES


En Colombia todos los trabajadores tienen derechos que se les garantíce la seguridad social integral se entiende que esta debe ser salud, riesgos de invalides, vejes y muerte igual que la cobertura en caso de accidente laboral la constitución nacional ha establecido que el estado debe garantizar la seguridad social a las personas más  los que la deben garantizar son los empleadores que vinculan sus trabajadores mediante contrato de trabajo puesto que todo trabajador debe estar afiliado a las entidades que administran la seguridad social.
Prestaciones Sociales

Las prestaciones sociales la debe suministrar el empleador en dinero o especies u otros beneficios de ley o por haberse pactado en convenios  colectivos o en patos colectivos o en el contrato de trabajo
Las Prestaciones sociales son beneficios legales que el empleador debe pagar a sus trabajadores adicionalmente al salario ordinario, para atender necesidades o cubrir riesgos originados durante el desarrollo de su actividad laboral. Las prestaciones legales son:

Toda las empresa debe pagar a sus empleados como prima de servicios, un salario mensual por cada año laborado, o si la vinculación es inferior a un año, el pago será proporcional al tiempo que el trabajador lleve vinculado, cualquiera que este sea.
Quince días se deben pagar, por tardar el último día del mes de junio y los restantes quince días en los primeros 20 días del mes de diciembre.


Este beneficio tiene como fin brindarle al trabajador un medio de subsistencia a la terminación del contrato de trabajo.



Los intereses sobre cesantías deben ser cancelados por el Empleador a sus trabajadores a más tardar el día 31 de Enero de cada año, corresponde al 12% del valor acumulado de las cesantías anual o por fracción de año, deben ser cancelados directamente al trabajador a diferencia de las Cesantías que son consignadas en los respectivos fondos.

Las vacaciones laborales es el derecho que tiene todo trabajador a que el empleador le otorgue un descanso remunerado por el hecho de haberle trabajad un determinado tiempo.
En Colombia, las vacaciones corresponden a 15 días hábiles de descanso remunerado por cada año de trabajo. En el caso de algunos trabajadores de la salud, las vacaciones son de 15 días por cada seis meses de trabajo, pero esta es la excepción de la regla general de los 15 días por año trabajado.


El objetivo de las vacaciones, es que el trabajador se recupere física y mentalmente, y la única forma de garantizar la recuperación, es mediante un descanso efectivo, un descanso que implique dejar de realizar las laboras habituales de su trabajo.
El dinero no conseguirá que el trabajador recupere sus fuerzas, sus energías, por tanto, el compensarlas en dinero no se cumple con su verdadero objetivo.


Es auxilio de transporte es una figura creada por la ley 15 de 1959, y reglamentado por el decreto 1258 de 1959, con el objetivo de subsidiar el costo de movilización de los empleados desde su casa al lugar de trabajo, el cual para el 2016 es de $ 77.700.
El auxilio de transporte no hace parte del salario, puesto que no constituye ingresos para el empleado, el auxilio tiene por objeto facilitar al empleado llegar al sitio de labor pero no constituye una remuneración por su trabajo. Siendo así las cosas, el auxilio de transporte no se incluye como base para el cálculo de los aportes parafiscales ni de seguridad social.



Normatividad Para La Liquidación De Aportes


La base sobre la cual se deben liquidar los aportes a seguridad social tanto en salud como en pensión, es el salario mensual según en los términos contemplados por el código sustantivo del trabajo.


Ley 100/93, Ley 50/90, Ley 789/2002, Salarios, Factores Saláriales Y Prestaciones Sociales.


Esta ley tiene como objetivo principal es el de seguridad social integral y tiene como objeto garantizar los derechos irrenunciables. Este sistema comprende de las obligaciones de estado y la sociedad.
También esta ley contempla las afiliaciones a pensiones y la cotización es lo realmente importante donde todos los trabajadores debemos y deseamos una vejez digna por eso es importante esta leyes que cobijan a los trabajadores  en caso de que esta ley se incumpla dónde nos habla de la pensión y vejez, pensión por sobre vivientes.
Tanto que esta ley busca que todo trabajador tenga una calidad de vida digna

Esta ley nos habla que todo trabajador debe tener un contrato de trabajo y en el debe ir contemplado 3 aspectos estos son:
·       La actividad personal de  trabajo
·       La duración de trabajo
·       Un salario por la prestación de sus servicios que realiza el trabajador


Esta ley dicta la norma para apoyar el empleo y ampliar la protección social por lo cual modifican algunas cosas del código sustantivo
También nos habla que el objetivo principal es el área de la pensión donde se crea un sistema viable para en un futuro poder gozar de una pensión, salud que es bien fundamental en la vida de un  ser huma

Los Factores Y Bases Para Liquidar Las Provisiones De Prestaciones Sociales Y Las Apropiaciones Para La Seguridad Social

Provisiones:

·        Prima de servicios: 8,33% sobre el sueldo básico
·        Cesantías: 8,33% sobre el sueldo básico
·        Intereses sobre cesantías: 12% sobre el sueldo básico
·        Vacaciones: 4,17% sobre el sueldo básico 
·        Viáticos: Lo que se convenga entre las partes
·    Primas extralegales: Lo que se convenga entre las partes y quede estipulado en el contrato de trabajo.
Dotación:

Artículo 230. Suministro de calzado y vestido de labor. Modificado por el art. 7o. de la Ley 11 de 1984. El nuevo texto es el siguiente: Todo empleador que habitualmente ocupe uno (1) o más trabajadores permanentes, deberá suministrar cada cuatro (4) meses, en forma gratuita, un (1) par de zapatos y un (1) vestido de labor al trabajador, cuya remuneración mensual sea hasta dos (2) meses el salario mínimo más alto vigente.

Apropiaciones para la seguridad social son:
Salud (EPS) :12.5% = 4% el trabajador y el 8.5 el empleador, sobre el sueldo base de cotización.
Pensión (AFP):16% = 4% trabajador y el 8% el empleador sobre su sueldo base de cotización.
Riesgos profesionales (ARL): La empresa debe afiliar al empleado al sistema de riesgos profesionales, con el objetivo de cubrir los problemas los accidentes o enfermedades que el empleado sufra como consecuencia del ejercicio de su labor en la empresa. El aporte en su totalidad está a cargo de la empresa, y el porcentaje a cotizar está dado por una tabla progresiva según sea el nivel de riesgo que corra el trabajador en su trabajo.


Base De Liquidación. (Eps, Fp, Arp, Caja, Sena, Icbf)


La base sobre la cual se deben liquidar los aportes a seguridad social tanto en salud como en pensión, es el salario mensual según en los términos contemplados por el código sustantivo del trabajo. En el Artículo 18 de la ley 100 de 1993 modificado por el artículo 5, ley 797 del 2003.Donde nos habla de que en ningún caso se podrá generar la cotización inferior al  S.M.L.V.

Base para liquidar Parafiscales:                            
Toda empresa o unidad productiva que tenga trabajadores vinculados mediante Contrato de trabajo debe hacer un aporte equivalente al 9% de su Nómina por concepto de los llamados aportes parafiscales, los cuales se distribuirán de la siguiente forma: 4% para el subsidio familiar (Cajas de Compensación Familiar), 3% para el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y 2% para el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), Ley 89 de 1988
Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), Ley 119 de 1994De las Cajas de Compensación Familiar. El subsidio familiar administrado por las Cajas de Compensación Familiar, está regulado por la ley 21 de 198241(Gerencie.com, 2014)

 Formatos De Seguridad Social – Pila (Planilla Integrada Para Liquidación De Aportes Y Arp


La planilla es un formato inteligente que les permite a todas las personas y empresas pagar sus aportes al Sistema de la Protección Social, es decir para Salud, Pensiones, Riesgos profesionales, Cajas de Compensación, Sena e ICBF. Este instrumento liquida los aportes que deben ser pagados de conformidad con las normas que rigen cada subsistema y le informa a la persona el valor total que debe pagar y el subtotal por cada subsistema. El valor se determina según la información que cada persona incluya en la Planilla, porque en ella debe señalarse cuanto es el ingreso de la personas (IBC), cuál es la condición de cada persona, si es un pensionado, si es un estudiante, si pertenece a la carrera diplomática, si es un trabajador doméstico, si es independiente o dependiente, si se trata de una madre comunitaria, entre otras condiciones o tipos de cotizantes que existen. Sirve para las personas y las empresas, antes de la Planilla tenían que pagar cada subsistema por separado tenían que llenar un formulario por cada subsistema e ir a pagar cada uno en un banco diferente, esto no solamente quitaba tiempo, sino que impedía conocer exactamente la situación de cada persona respecto de cada subsistema.

Plazos y procedimientos para liquidación y pagos de aportes a seguridad social, ARP y terceros


El pago de la seguridad social fue definido teniendo en cuenta el número de empleados y los números de los dos últimos dígitos del Nit  para el caso de las empresas personas jurídicas  y del Número de la cédula para el caso de las personas naturales.

       

Software aplicativo en liquidación de aportes a la seguridad social y terceros


La aplicación es FANAIA esta aplicación web sirve para la liquidación de aportes pila es de gran ayuda para los empleadores es una gran solución automatizada para realizar la gestión de seguridad social y la liquidación de aportes a todas las entidades del sistema de seguridad social y parafiscales. Administradoras Fondos de Pensiones (AFP), Entidades Promotoras de Salud (EPS), Administradoras de Riesgos Laborales (ARL), las Cajas de Compensación Familiar (CCF), el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP) y el Ministerio de Educación Nacional (MEN).Esta aplicación  permite hacer una interacción segura entre el empleador y la entidad financieras con las transacciones bancarias el acceso de esta aplicación se realiza vía web solo se necesita vía web y acceso a internet. En esta aplicación podemos gestionar y controlar.




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